Sistema de Acreditación
Programas Académicos
Las actividades medulares de una institución de educación
superior ocurren en torno a sus programas académicos: programas
educativos, investigación, y extensión. Como se mencionó
anteriormente, es a través de los programas académicos
que la institución atiende su misión o, lo que es
lo mismo, su compromiso con la comunidad.
4.1 Programas Educativos
Los programas educativos constituyen el núcleo de la operación
de una institución de educación superior; le permiten
cumplir sus funciones sustantivas y atender las necesidades de la
comunidad. Sobre ellos es preciso que se establezcan criterios relativos
a la congruencia entre la misión institucional y los objetivos
de los programas; al diseño, actualización y evaluación
curricular; la admisión, permanencia y titulación
de estudiantes; al profesorado, métodos de enseñanza
y apoyos, y a la evaluación del aprendizaje.
4.1.1 Congruencia entre los objetivos
del programa y la misión institucional
Estas consideraciones aplican a la oferta
formal de la institución de todos sus programas educativos.
Los programas educativos de la institución deben
(4-1) guiarse y estar fundamentados en objetivos educativos
congruentes con sus principios y misión.
Para todos los programas educativos cuyo diseño esté
bajo su control, la institución debe
(4-2) constatar que se ha traducido la filosofía institucional
en la determinación de los objetivos generales de los currícula
y de los correspondientes perfiles de ingreso y egreso; esto a través
del análisis de los diseños curriculares y de otras
fuentes de información en que se haya basado la última
revisión de los planes y programas de estudio; igualmente,
demostrar que tiene los Registros de Validez Oficial de Estudios
cuando así lo declare la institución.
La institución que cuente con programas incorporados,
debe (4-3) asegurar que los objetivos generales, el contenido
y los perfiles de ingreso y egreso de tales programas sean congruentes
con su filosofía institucional.
Los requisitos académicos de admisión y titulación,
así como los perfiles de ingreso y egreso, deben
(4-4) ser congruentes con los planes y programas de estudio
de la institución.
Los planes de estudio deben (4-5)
publicarse y difundirse, incluyendo sus perfiles de ingreso y egreso.
4.1.2 Diseño, actualización
y evaluación curricular
En un contexto como en el que actualmente se desarrollan
las instituciones de educación superior, que experimenta
transformaciones continuas y profundas, todos los programas que
conducen a la obtención de un grado tienen que ser revisados
frecuentemente para poder asegurar la contribución de los
mismos al logro de los objetivos institucionales y, principalmente,
a la formación de los estudiantes que con su trabajo buscan
realizarse y mejorar la calidad de vida de la sociedad.
Por tanto, cuando el diseño curricular esté bajo el
control de la institución, ésta debe
(4-6) contar con una metodología curricular para elaborar
sus programas educativos y aplicarla de acuerdo con las políticas
y procedimientos correspondientes.
Para una institución con programas incorporados, el modelo
curricular de los programas educativos adoptados debe
(4-7) ser conocido y compatible con su filosofía institucional
y difundido entre la comunidad académica.
Es importante considerar dentro de los currícula,
que la formación profesional, apunte hacia una educación
integral del estudiantado. Por lo anterior, la institución
debe (4-8) incluir un determinado
número de créditos o su equivalente curricular (independientemente
de que tengan valor curricular o sean actividades co-curriculares),
para asegurar la formación general e integral de sus estudiantes;
para instituciones de los perfiles 1 (técnico) y 2 (normal),
un 10 % de los créditos totales; para instituciones del perfil
3 (licenciatura), un 20% de los créditos totales; este tipo
de actividades incluyen cursos de formación general: humanidades,
ciencias sociales, matemáticas, idioma y/o actividades deportivas,
artísticas y culturales.
Por otra parte, los programas educativos deben
(4-9) contar con actividades y experiencias de aprendizaje
que desarrollen habilidades de investigación entre los estudiantes.
En esta misma sección, en el apartado 4.2, se presentan más
detalles sobre este tipo de investigación.
La evaluación de los planes y programas de estudio tiene
que ser una actividad continua y la base para la adecuación
curricular. Por lo mencionado, la institución debe
(4-10) diseñar, difundir y aplicar las políticas
y procedimientos que considere pertinentes para la evaluación
y actualización continua y sistemática de sus planes
y programas de estudio. Estas políticas y procedimientos
responderán a criterios objetivos y a prácticas establecidas
por la comunidad académica.
La institución debe (4-11)
evaluar y en su caso actualizar, sus programas educativos de manera
periódica, con una frecuencia mínima que corresponda
a la duración del mismo plan de estudios. Lo anterior significa
que si un programa de licenciatura tiene una duración de
10 semestres, entonces cada 5 años se tiene que hacer una
evaluación y actualización del programa.
Recabar la opinión de los
integrantes de la comunidad universitaria y del exterior, de
manera formal y sistemática, es un elemento fundamental
para la creación, revisión y actualización
de los planes y programas educativos, porque asegura la pertinencia
de estos últimos respecto a la práctica de una disciplina
determinada y a las condiciones y necesidades del medio. Por ello,
la institución debe (4-12)
recabar la opinión de sus profesores, egresados, y de la
comunidad y considerarlas en el desarrollo, revisión o actualización
de los programas educativos.
4.1.3 Admisión, permanencia y
titulación
En cada programa educativo que imparta la institución deben
(4-13) estar claramente determinadas las características
personales y académicas de los estudiantes a quienes se dirige,
mismas que constituyen los supuestos de los que parte la construcción
del currículum respectivo.
Por otra parte, para cada programa educativo
deben (4-14) definirse, difundirse y aplicarse los requisitos
de admisión correspondientes.
La institución debe (4-15)
definir, difundir y aplicar los requisitos, procedimientos y políticas
de inscripción y reinscripción.
Respecto a las equivalencias y revalidaciones,
la institución definirá las políticas y procedimientos
que considere pertinentes, incluyendo el porcentaje de créditos
que considerará en tales procesos. Por lo tanto, la
institución debe (4-16)
definir, difundir y aplicar los requisitos, procedimientos y políticas
de inscripción de estudiantes que proceden de otra institución,
particularmente en lo relativo a equivalencias y revalidaciones.
Para cada programa educativo deben (4-17)
definirse, difundirse y aplicarse las normas relativas a la aprobación
de los cursos y a la permanencia de los estudiantes, describiendo
con detalle dichos lineamientos.
Para cada programa educativo deben (4-18)
definirse, difundirse y aplicarse los requisitos de terminación
de los estudios correspondientes, describiendo con suficiente detalle
las diferentes opciones que los alumnos tengan a su alcance para
obtener sus respectivos títulos profesionales o grados académicos.
Lo anterior es indispensable para lograr los estándares de
calidad deseados y para asegurar la adecuada administración
de los programas académicos.
4.1.4 Profesorado, métodos de
enseñanza y apoyos para la operación del programa
Para lograr un buen desarrollo, el programa educativo debe
(4-19) especificar: los espacios educativos en los que tendrán
lugar las actividades académicas, tales como aulas, talleres
y laboratorios; los recursos de información bibliográficos,
hemerográficos y computacionales necesarios; los recursos
didácticos que serán utilizados; los métodos
que se utilizarán en los procesos de enseñanza-aprendizaje;
los apoyos administrativos y de otros géneros que son necesarios
para la implantación y operación del programa; el
calendario académico, y el tiempo que, tanto los profesores
como los alumnos, dedicarán al mismo programa.
En relación con el profesorado, cada programa educativo debe
(4-20) especificar las características de los docentes
(tales como los perfiles académicos, grados, experiencia
académica y profesional) que participarán en él.
El diseño del programa de estudio o programa analítico
de una asignatura es una actividad que tiene un fuerte impacto en
la calidad de un programa curricular. El programa de estudio de
cada asignatura, se convierte en una herramienta con la que tanto
el profesor como sus estudiantes, pueden administrar el desarrollo
del curso y el aprendizaje.
Cada asignatura de los programas educativos debe (4-21)
tener un programa de estudio, donde se especifiquen, entre otras
cosas, las experiencias de enseñanza-aprendizaje que llevarán
a cabo los profesores y los alumnos participantes, para alcanzar
los objetivos propuestos; además, contará con mecanismos
para asegurar la concordancia entre lo que indican los programas
de estudios y la práctica real.
El contenido de un programa de estudio puede variar de asignatura
a asignatura y de institución a institución. Entre
los elementos que puede contener el programa de estudio están:
nombre de la asignatura, objetivo general, objetivos específicos
de aprendizaje, contenido temático, actividades de aprendizaje
(tareas, lecturas, investigaciones y prácticas), políticas
de evaluación, sistema de asesoría, políticas
especiales del curso, bibliografía básica, bibliografía
de apoyo, perfil del profesor y seriación (los cursos con
los que el programa se relaciona).
4.1.5 Evaluación del aprendizaje
La evaluación de los alumnos se centra en valorar los logros
académicos obtenidos por ellos con respecto a los objetivos
del programa respectivo. Estas evaluaciones tienen, por lo tanto,
el propósito de retroalimentar los procesos educativos, ya
que sus resultados son de interés para los docentes, los
administradores y los propios alumnos.
La institución debe (4-22)
definir, publicar y difundir las actividades de evaluación
del aprendizaje que se llevarán a cabo en los programas educativos,
para controlar la calidad de los procesos de aprendizaje.
Para asegurar que los resultados del sistema
de evaluación del aprendizaje contribuyan al mejoramiento
de la calidad de la educación que imparte la institución,
se debe (4-23) elaborar, difundir
y aplicar un sistema institucional de evaluación del aprendizaje
de los estudiantes, normalmente documentado en un reglamento.
4.2. Investigación y Difusión
La investigación es una de las funciones sustantivas
de toda institución de educación superior. A través
de ella, se dan explicaciones y soluciones a los fenómenos
que ocurren, y permite la creación de nuevos conocimientos.
Los criterios de la investigación están relacionados
con los tipos de investigación que se desarrollan, su congruencia
con la misión, la existencia y aplicación de un plan
de investigación y la evaluación y difusión
de sus actividades.
En los Criterios, los programas de investigación están
clasificados en cuatro categorías: científica, institucional,
educativa y de desarrollo de habilidades de investigación.
Los de investigación científica (básica o aplicada)
se denominan "Programas Tipo 1" y los desarrollan aquellas
instituciones que ofrecen programas de posgrado cuyo propósito
es formar investigadores. Este tipo de investigación permite
acrecentar el acervo cultural y científico de la humanidad.
Los de investigación institucional se denominan "Programas
Tipo 2"; están normalmente a cargo de personal especializado
y son diseñados para apoyar los procesos de planeación
y evaluación de la propia institución. Estos programas
aportan la información, los análisis y las evaluaciones
que son indispensables para estar al tanto del comportamiento y
los efectos de los numerosos factores que condicionan o intervienen
en el funcionamiento y los resultados educativos de la institución.
Los de investigación educativa se denominan "Programas
Tipo 3" y están dedicados a apoyar los procesos de enseñanza-aprendizaje.
Usualmente, están a cargo de los propios profesores y tienen,
entre otros propósitos, el de contribuir a la actualización
permanente de los contenidos de los cursos ofrecidos, reflejados
en las respectivas cartas descriptivas y al mejoramiento de la calidad
de la enseñanza.
Los de desarrollo de habilidades de investigación se denominan
"Programas Tipo 4" y usualmente están contemplados
entre las actividades programadas en las diferentes asignaturas.
Son diseñados para fomentar hábitos de investigación
entre los estudiantes y para cumplir los requisitos de los planes
de estudio de algunos programas educativos.
La institución debe (4-24)
desarrollar actividades de investigación según su
perfil: el desarrollo de los programas de investigación tipo
1 (científica: básica y aplicada) es obligatorio para
las instituciones que ofrecen programas de posgrado (perfiles 4
y 5) orientados a formar investigadores. El desarrollo de los programas
de investigación tipo 3 (educativa) y tipo 4 (para el desarrollo
de habilidades de investigación) es obligatorio para todos
los perfiles (también la investigación del tipo 2
-institucional-, como se señala en la sección 2).
Todos los programas de investigación deben
(4-25) contribuir al cumplimiento de la misión institucional.
Por tanto, es necesario analizar desde esta perspectiva, las prioridades
de investigación, su marco normativo y las condiciones de
operación de los proyectos. También, es conveniente
inferir las implicaciones potenciales de las actividades de investigación,
entre las que se encuentran las de carácter social, económico
y cultural.
La institución debe (4-26)
contar con un Plan de Investigación que sea congruente con
su misión y su perfil institucional y contendrá, al
menos, los siguientes elementos: objetivos, líneas y programas
de investigación, enlace con los programas educativos y financiamiento.
La adecuada administración de la investigación exige,
como cualquier otra actividad, que sea normada y programada con
suficiente detalle. Por ello, es necesario verificar que los programas
de investigación estén expresados de tal forma que
permitan conocer las metas propuestas, así como los recursos
humanos, financieros y materiales requeridos para alcanzarlas.
La institución debe (4-27)
desarrollar y aplicar la normatividad de sus actividades de investigación
que incluya, al menos, los siguientes elementos: mecanismos de participación
del personal académico, orientación, formas de financiamiento,
administración, difusión y evaluación.
La institución debe (4-28)
tener evidencias de la aplicación y cumplimiento del Plan
de Investigación, incluidas las líneas de investigación
contenidas en el mismo.
La institución debe (4-29)
contar con sistemas de evaluación para conocer y valorar
el impacto de sus investigaciones.
Todos los programas de investigación de los tipos mencionados
pueden generar insumos para publicaciones y otras actividades de
difusión que desarrolle la institución. Es importante,
por tanto, comprobar que el diseño de los proyectos contemple
los canales a través de los cuales se espera dar a conocer
los resultados obtenidos y observar si se han cumplido esos propósitos.
Por otra parte, tomando en cuenta que la publicación de los
resultados de las investigaciones constituye uno de los mecanismos
que permiten valorar, a partir de criterios externos, la calidad
de los trabajos realizados, es importante analizar la proporción
de proyectos terminados que han sido publicados, así como
la reputación académica de los medios a través
de los cuales fueron difundidos.
La institución debe (4-30)
tener disponibles sus informes de investigación, sus publicaciones,
así como información acerca de los resultados obtenidos.
Debido a que la investigación educativa proporciona información
relevante para la mejora continua del proceso educativo, la institución
debe (4-31) establecer programas,
estrategias y presupuestos que permitan la realización de
la investigación educativa para mejorar, en forma continua,
el proceso de enseñanza aprendizaje.
La investigación educativa debe
(4-32) involucrar a estudiantes y profesores, así
como a otros miembros de la comunidad académica que puedan
aportar información para la mejora continua de la institución.
4.3 Extensión
La extensión es la función que permite llevar los
beneficios de la educación superior a la sociedad en general.
Es un conjunto de actividades de aprendizaje social, de renovación
y de comunicación entre las instituciones educativas y su
entorno. Las actividades de extensión permiten crear, promover,
rescatar, preservar y difundir la cultura científica, tecnológica,
humanística, artística y deportiva. Entre las actividades
de extensión se pueden enumerar la educación continua,
la vinculación y cooperación académica, los
servicios a la comunidad y la difusión cultural.
Por medio de los programas de extensión se promueve la vinculación
de la comunidad educativa con los diversos sectores de la sociedad,
como son el industrial, el gubernamental y el comercial. Además,
favorece el intercambio y colaboración de profesores y alumnos
con otras instituciones educativas nacionales e internacionales.
Todos los programas de extensión que desarrolle la institución
deben (4-33) contribuir al cumplimiento
de la misión institucional.
Los programas de extensión deben
(4-34) demostrar su eficiencia y eficacia a través
de un proceso de planeación y evaluación documentado.
La institución debe (4-35) formular
y ejercer un presupuesto que asegure la operación de los
programas de extensión.
La institución debe (4-36)
definir, difundir y aplicar la normatividad que reglamente las actividades
inherentes al desarrollo de sus programas de extensión.
4.3.1 Educación continua
La educación continua es la función mediante la cual,
las instituciones favorecen la capacitación, actualización,
certificación personal y profesional de individuos y de la
comunidad, a través de numerosas actividades como cursos,
seminarios, talleres, diplomados y certificaciones profesionales.
Las acciones de educación continua que desarrolle la institución
deben (4-37) contar con la infraestructura
necesaria para su operación.
Los programas de educación continua deben
(4-38) estar estructurados considerando las necesidades de
capacitación y actualización de los sectores del entorno
y de los clientes, y ser impartidos por instructores especializados
de acuerdo a la temática y objetivos de los programas.
La institución debe (4-39)
diseñar, documentar y aplicar mecanismos que le permitan
evaluar la efectividad de sus programas de educación continua.
4.3.2 Vinculación y cooperación
académica
La vinculación y cooperación académica es la
función que apoya el establecimiento de actividades, mecanismos
y programas para lograr que los profesores, administradores, alumnos
y otros miembros de la institución establezcan relaciones
con los diferentes sectores de su entorno que resulten provechosas
para todas las partes involucradas.
El concepto de vinculación y cooperación académica
puede variar significativamente de una institución a otra
y existen diversas maneras de llevarlo a cabo. Entre otras, pueden
considerarse las siguientes: las relaciones de profesores de la
misma especialidad y que laboran en diversas instituciones; el establecimiento
de convenios con organizaciones externas; los intercambios estudiantiles;
las prácticas profesionales; el servicio social, y la participación
de profesores en organizaciones profesionales, sociales y gubernamentales.
La institución debe (4-40)
desarrollar acciones de vinculación (relaciones con otros
programas académicos y con los sectores social, científico,
público y privado de su entorno) que le permitan alcanzar
los objetivos de sus programas educativos acordes con la misión
y los objetivos institucionales.
La institución debe (4-41)
formular, ofrecer y difundir, los programas de cooperación
académica que contribuyan al cumplimiento de su misión
institucional.
La institución debe (4-42)
contar con mecanismos institucionales para promover que sus colaboradores
y, particularmente, sus profesores, establezcan relaciones de colaboración
y cooperación tanto con agrupaciones académicas y
profesionales como con organizaciones del entorno regional, nacional
e internacional.
4.3.3 Programas institucionales de servicio
a la comunidad
Los programas institucionales de servicio a la comunidad son las
actividades, mecanismos y acciones que una institución de
educación superior lleva a cabo con el propósito de
brindar apoyo a personas que lo requieren y a la comunidad en general,
para contribuir al desarrollo de las mismas.
Al igual que en las acciones de vinculación y cooperación
académicas, los programas institucionales de servicio a la
comunidad pueden tomar múltiples formas, por ejemplo: servicio
social, asesorías por parte de estudiantes, pastoral universitaria,
apoyo a comunidades necesitadas o que sufrieron desastres naturales
y biblioteca abierta al público.
La institución debe (4-43)
ofrecer y difundir los programas de servicio comunitario que contribuyan
al cumplimiento de su misión institucional.
Algunos programas de servicio a la comunidad están relacionados
con los currícula de determinadas carreras profesionales,
ya que ofrecen oportunidades para que los alumnos lleven a cabo
las prácticas contempladas en sus respectivos planes de estudios
o cumplan con el requisito legal de llevar a cabo un servicio social.
Por tanto, se debe (4-44) verificar
que los programas de servicio a la comunidad relacionados con los
programas educativos sean congruentes con las especificaciones curriculares
correspondientes.
Los programas de servicio a la comunidad,
al igual que otros programas institucionales, serán evaluados,
por lo menos, cada dos años.
Todos los programas institucionales de servicio a la comunidad
deben (4-45) ser planeados y evaluados para garantizar la
adecuada administración de los recursos asignados a los mismos
y el cumplimiento de las metas que persiguen.
4.3.4 Difusión cultural
La difusión cultural es la función que extiende las
manifestaciones del arte y la cultura hacia la comunidad en general,
a través de muy diversos mecanismos como las cátedras
de temas particulares, obras de teatro, exposiciones artísticas,
clubes de cine, festivales artísticos, concursos de poesía
abiertos al público y conferencias.
La institución debe (4-46)
promover acciones de difusión de la cultura.
Las acciones realizadas deben (4-47)
ser evaluadas con el fin de medir su impacto en la comunidad.
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